Generación distribuida

Conocé cómo generar tu propia energía renovable

Generación distribuida

¿Qué es la Generación Distribuida de Energía Renovable?

La Ley 27.424 “Régimen de Fomento a la Generación Distribuida de Energía Renovable integrada a la Red Eléctrica Pública” y sus documentos reglamentarios permiten que un cliente de la distribuidora instale dentro de su domicilio un sistema de generación eléctrica (fotovoltaica o de otra tecnología) para su autoconsumo, con eventual inyección de excedentes a la red.

El proceso para convertirse en usuario-generador se realiza mediante la Plataforma Digital de Acceso Público de la Secretaría de Gobierno de Energía. No hace falta que tengas instalado el sistema de generación para comenzar el trámite.

Para más información ingresá a Generación distribuida.

Información general

¿Quién puede ser usuario-generador?

Cualquier cliente de la distribuidora, sean personas físicas o jurídicas, excepto los clientes que sean grandes usuarios Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), GUMA o GUME (facturación por servicio de PEAJE con la distribuidora) o autogeneradores del MEM.

¿Cuáles son las etapas del régimen de generación distribuida?

Una vez que las instalaciones estén aprobadas y la documentación cumplimentada, edenor se contactará para coordinar la instalación del medidor bidireccional.

¿Cuál es la potencia máxima permitida que puedo conectar a la red de distribución?

Se puede solicitar hasta un máximo de la potencia contratada según la tarifa del cliente.
Si el cliente pertenece a la tarifa 1 podrá solicitar una potencia de acople de hasta 10 kW. Si el cliente pertenece a las tarifas 2 o 3, la potencia de acople será como máximo igual a la potencia contratada.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar la factibilidad de conexión?

El titular del suministro debe iniciar el trámite a través del Formulario 1A (Solicitud de Reserva de Potencia) a través de la Plataforma Digital de Acceso Público de la Secretaría de Gobierno de Energía. Recordá que la potencia de acople a la red que podés solicitar es igual o menor a la potencia contratada, o hasta 10 kW en caso de ser cliente de Tarifa 1.

¿Quién realiza la instalación del equipamiento interno de generación distribuida?

La instalación la debe realizar un instalador calificado, el cual debe contar con matrícula habilitante para emitir DCI de acuerdo a las resoluciones N°225/2011 y N°269/2012 en la jurisdicción donde se realizará la instalación.

¿Cuál es la compensación económica por la energía inyectada a la red?

La energía que se inyecte a la red se pagará al precio de compra del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) y es definido por el ENRE.

Iniciar el trámite

Podés iniciar el trámite a través de la Plataforma Digital de Acceso Público de la Secretaría de Gobierno de Energía:

Iniciar trámite

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